Es por todo los razonamientos antes expuestos que este TRIBUNAL UNIPERSONAL de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal Estado Apure Extensión Guasdualito, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, PRIMERO: Se admite la acusación presentada por la Fiscalía Décima Segunda del Ministerio Público, en contra ciudadano CALLES RAMÍREZ HECTOR ADRIAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.997.949, soltero, de 19 años edad, natural de Guasdualito, Estado Apure, residenciado en la Calle Mariño, entre Cedeño y Márquez del Pumar, Guasdualito Estado Apure, por la presunta comisión de los delitos de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en los artículos 416 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano MORENO HORGER ALFONSO. Se admiten parcialmente las pruebas presentadas por el Ministerio Público y totalmente las pruebas presentadas por la Defensa. SEGUNDO: ABSUE.....