(...) Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Se imparte la homologación al desistimiento de la apelación interpuesta por la abogada Gisela Duno, en su condición de apoderada judicial del Instituto Autónomo de Salud del estado Apure (INSALUD-Apure), contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha quince (15) de octubre de 2003;(...)