Del articulo in comento, se evidencia que al encontrar oscuridad o ambigüedad en el libelo de demanda, el tribunal apercibirá al actor sobre el punto en cuestión. En el presente caso, de la narración del Escrito de Solicitud lo encabeza la Ciudadana MARIA SOFIA BEJAS GARCIA Venezolana mayor de edad y Titular de la Cedula de Identidad N° V-1.842.663, lo cual no coincide con la Copia de Cedula de Identidad presentada como folio anexo, e tal sentido nos que nos presenta una ambigüedad.-
De lo antes expuesto y en virtud de una correcta aplicación del proceso de acuerdo al contenido del artículo 154 el cual es del tenor siguiente:
"El procedimiento Agrario constituye un instrumento fundamental para la realización de la justicia. La omisión de formalidades no esenciales no dará lugar a la reposición de la causa"
En relación a lo anteriormente esclarecido; este Tribunal ordena para que en un lapso de tres (03) días de Despacho siguientes al de hoy, la Ciudadana MARIA SOFIA GARCIA L.....