El padre aportara la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.200.oo) mensuales, en partes de CIEN BOLIVARES(Bs100) Quincenales asimismo se acordo un bono unico Decembrino para el dia 15-12-11 por la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES(Bs. 400.oo) y depositarse en cuenta de ahorro aperturada a tal efecto en el banco bicentenario , es por lo que, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en consecuencia, HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio planteado entre los ciudadanos de conformidad con el artículos 263 del Código de Procedimiento Civil