ÚNICO: Declara inadmisible por extemporánea, de conformidad con el literal "b" del artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, la pretensión interpuesta 27-6-2022 por el Abg. LEONCIO VALERA POLANCO, Defensor Privado de MAX JOSÉ DE JESÚS GUZMÁN DUARTE, contra la decisión mediante la cual el 17-5-2022, publicado el auto fundado el 1-6-2022, el Juez del Tribunal 2ª de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Apure, Abg. ROSMERY TORRES LEAL, declaró sin lugar en audiencia de presentación solicitud de nulidad absoluta de la imputación requerida por el antes nombrado profesional del derecho.