Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Formalmente constituido el Tribunal que ha de juzgar el presente asunto de manera unipersonal, causa seguida contra el acusado JAIME RAFAEL TERAN CASTRO titular de la Cédula de Identidad Nº 5.291.735, acusado por la comisión del delito de Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la Modalidad de Ocultamiento, todo de conformidad con el Artículo 164 tercer Aparte de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se fija la celebración del Juicio Oral y Público para el día Jueves Veintinueve (29) de Septiembre de 2010 a las 09:30 A.M; para lo cual habrá de librarse las boletas de citaciones respectivas a los expertos y testigos que deban comparecer y hacerse la inscripción en los libros y carátulas que conformen la c.....