DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Con lugar las nulidades planteadas tanto del orden de allanamiento, así como el acta de visita domiciliaria, igualmente la nulidad del acto de aprehensión del ciudadano justiciable TEODARDO JOSE CAMEJO LLOVERA, titular de la cedula de identidad Nº 14.218.407, quedando incólumes las demás actas y actuaciones investigativas.
SEGUNDO: Sin lugar la solicitud fiscal, así como el acto de imputación por el delito Extracción De Materiales Granulados No Metálicos, previsto y sancionado en el art. 31 de la Ley Penal del Ambiente, consecuencia esta operes de las nulidades antes dichas.
TERCERO: Se decreta libertad plena sin restricción al ciudadano procesado TEODARDO JOSE CAMEJO LLOVERA, titular de la cedula de identidad N.....