DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrado Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a favor del penado: LEONEL ANTONIO BRAVO ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº 14.811.789, venezolano, mayor de edad, residenciado en la Avenida Los Centauros, Achaguas Estado Apure, por la comisión del Delito LESIONES PERSONALES CULPOSAS GRAVISIMAS Y GRAVES , previsto y sancionado en articulo 420 numeral 2º, concatenado con los artículos 414 y 415 del Código Penal y somete al penado a cumplir con el Régimen de Prueba por un lapso de CUATRO (04) MESES Y DIEZ (10) DIAS, contados a partir de la presente fecha, pena ésta que se cumplirá el día 12 de Enero de 2010, debiendo someterse a las condiciones siguientes:
1. Ubicarse laboralmente de manera estable, de l.....