este Tribunal de conformidad con los Artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y ordena a los ciudadanos Registrador de la Parroquia San Fernando de Apure, y Registrador Principal del Estado Apure, estampar la correspondiente NOTA MARGINAL de la referida Acta de Matrimonio del ciudadano BLADIMIR JESUS ISSELE PANTOJA, en el sentido de que corrija el Apellido del referido ciudadano, haciéndose aparecer el mismo como lo ordena esta Sentencia.- Expídanse por secretaría copias certificadas que fueren menester al demandante y remítase junto con oficio a las autoridades civiles competentes antes señaladas.