DISPOSITIVA.
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a las previsiones del numeral 3º del Art. 262 del Código Orgánico Procesal Penal, declara:
UNICO: SIN LUGAR la solicitud de entrega del vehículo automotor: Marca; TOYOTA, Modelo: COROLLA 1.6 A/T; Año: 2001; Clase; AUTOMOVIL; Color; BEIGE; Placa: MCD-68X; Serial del Motor: 4AJ062081; Serial de Carrocería; 8XA53AEB112014964; tipo: SEDAN, Uso; PARTICULAR.
Notifíquese. Devuélvase el legajo contentivo de la causa hasta la fiscalía de origen a los fines de la prosecución de la investigación. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL,