Vista la imposibilidad de celebrar la audiencia de fijación de plazo, dada la ausencia de los imputados y del Ministerio Público, se difiere la celebración del acto para el día viernes dieciséis (16) de diciembre a las 10:30 horas de la mañana. Por cuanto este Juzgado considera necesario verificar las medidas de presentación impuestas con anterioridad a los imputados, se acuerda oficiar al jefe del alguacilazgo, a fin de verificar si los prenombrados cumplen sus presentaciones ante esa Unidad, así como se ordena expedir constancia por secretaria de alguna presentación relacionada con la presente causa, todo ello en virtud de que el Tribunal al momento de imponer la Medida cautelar no establece claramente el lugar donde deberán ser cumplidas. Quedan Notificados los comparecientes. Líbrese boleta de notificación a los ausentes. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 10:35 horas de la mañana.
El Juez de Control,
Abg. Edgar J. Véliz F.
Fiscal III del Mi.....