DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: SIN LUGAR la presente acción INTERDICTAL DE AMPARO interpuesta por los ciudadanos DANIEL UZZIEL VILLEGAS y CLIVE DEL CARMEN SOLORZANO GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de identidad Nos. 9.649.502 y V-10.620.174 respectivamente, y de este domicilio, en contra de la ciudadana NATALIA NAYESKA OSORIO RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.433.625 y de este domicilio, y así se decide. En consecuencia, se levantan las medidas decretadas mediante auto de admisión sobre inmueble objeto del litigio constituido por un lote de terreno constante de cuatrocientos doce metros cuadrados con cincuenta c.....