DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Juicio (Itinerante) del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad a lo previsto en el Art. 349 del Código Orgánico Procesal Penal, declara:
PRIMERO: CULPABLE, a el ciudadano LLUSNIL ENRIQUE GARCIA TOVAR; Titular de la cédula de identidad Nº V-16.271.642, de nacionalidad Venezolana, natural de fecha de nacimiento 20 de Octubre de 1978 de 38 años de edad, residenciado en el Barrio Simón, Calle Negro primero, Parcela Nº 60, Municipio Biruaca, Estado Apure, de estado civil soltero; por la comisión del delito de INVASION, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal Venezolano vigente, en perjuicio de YAMILETH DE JESUS GONZALEZ TORRES, titular de la cédula de identidad Nº V-14.948.062, de nacionalidad Venezolana, natural de San Fernando Estado Apure, de 35 años de edad, nacida en fecha 12-09-19.....