este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN dándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente se ordena librar copias certificadas de la presente homologación, así como del convenimiento realizado entre las partes, el cual cursa a los folios 46 y 47 del presente expediente. Líbrese copias.
Se declara concluido el presente juicio y este Tribunal se abstiene de ordenar el archivo del presente expediente hasta tanto conste en autos el cumplimiento total del convenimiento antes mencionado.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, a los tres (3) días del mes de febrero del año 2010.
La Jueza,
Dra. ANAID C. HERNANDEZ.-
El Secretario Temp.
Abg. FRANCISCO J. REYES P.
En esta misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión......