DECISIÓN:
Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA PRESUNCION DE ADMISION DE LOS HECHOS, la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales que incoara MIGUEL YOBEXI RODRIGUEZ VILLANUEVA, titular de la cédula de identidad N° 15.047.279, asistido por el Abogado RUBEN DARIO FONTAINES GOMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 201.234, contra ASOCIACION COOPERATIVA SEGURIDAD BOLIVARIANA RL.
En consecuencia, declara:
PRIMERO: Se reconoce la relación laboral iniciada por MIGUEL YOBEXI RODRIGUEZ VILLANUEVA, desde el 13-02-2012 hasta 04-12-2014, lo cual generó el pago de las instituciones laborales, conforme lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica del Trabajo, los Traba.....