De acuerdo al derecho, criterio doctrinario y jurisprudencial antes señalado, este Juzgado Superior, por lo que forzosamente se debe NEGAR LA ADMISIÓN del recurso ordinario de apelación, interpuesto por los abogados Amilcar Guedez y Manuel Salvador Pérez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 97.668 y 91.568. Y así se decide.
En consecuencia, se declara definitivamente firme, la sentencia de fecha 23 de febrero de 2022, dictada por este Juzgado Superior. Se ordena enviar copias certificadas mediante oficio, al Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Apure, a los fines de dar cumplimiento a lo declarado en dicha sentencia. Líbrese Oficio.