Por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO APURE, administrando justicia y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO:: Prescindir de los ciudadanos escabinos y se declara constituido el Tribunal Unipersonal en la presente Causa signada con el N° 1M-52-08, seguida en contra de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, acusada por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la modalidad de distribución, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; SEGUNDO: Fijar el juicio oral y privado para el día 22 de Abril de 2009 a las 9:00 a.m., de acuerdo a la agenda única de actos seguida por este Tribunal .....