DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos y a las pruebas valoradas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por Beneficio de Jubilación intentara el ciudadano: JESÚS RAFAEL HEREDIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.138.219, debidamente asistido por el abogado JOSÉ GILBERTO MORO, titular de la cédula de identidad N° V-19.689.339 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 217.046, contra la Corporación Eléctrica Nacional S.A. (CORPOELEC); SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA. Notifíquese al Procurador General de la Republica.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripció.....