PRIMERO: Sin lugar la apelación de fecha 13 de noviembre del 2003, por la cual el abogado MARCO LAURENZA, con el carácter acreditado en los autos, interpuso recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva dictada por el Tribunal de la causa.
SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda que por Cobro de Prestaciones sociales intentó la ciudadana MERCEDES TOVAR DE GIL, identificada en los autos, en contra de la GOBERNACION DEL ESTADO APURE, representada por el Gobernador GIAN LUIS LIPPA. En consecuencia, el monto a pagar por la parte demandada al trabajador accionante, es la cantidad de TRECE MILLONES CUATROCIENTOS UNO MIL SETECIENTOS OCHO BOLIVARES CON QUINCE CENTIMOS (Bs.13.401.708,15) discriminados de la siguiente manera:
¿ Antigüedad antiguo régimen más intereses Bs. 4.655.011,06
¿ Antigüedad nuevo régimen más intereses Bs. 3.331.775,16
¿ Bono de Transferencia Bs. 537.634,50
¿ Cesta Ticket Bs. 613.200,00
¿ Bono Único Bs. 800.000,00.
¿ Bono Puente Bs. 32.240,.....