Por todas las consideraciones anteriores, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN EXTRAJUDICIAL celebrada por las partes en fecha 02 de julio de 2021, por ante la Notaría Pública del Municipio San Fernando del Estado Apure, la cual quedó autenticada bajo el Nº 22, tomo 26, folios 137 hasta el 141 de los libros de Autenticaciones llevados por dicha Notaria, que riela en los folios (764) al (768) del expediente, dándose por consumado el acto y procediéndose como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, reservando el archivo del presente asunto, hasta tanto conste el cumplimiento total de lo acordado por las partes. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribuna.....