DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la acción de Revisión y Aumento de Obligación Alimentaria formulada por la ciudadana SILVIA CRIZAIDA PADILLA SILVA, titular de la cedula de identidad N° 9.593.601 en su condición de madre de los hnos. MARTINEZ PADILLA.-
SEGUNDO: Se AUMENTA con carácter DEFINITIVO como obligación Alimentaria a la suma de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo) mensuales, a partir del 15-10-05, que el ciudadano OSWALDO JESUS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, Docente, titular de la Cédula de Identidad N° 7.196.218, debe cumplir a favor de sus hijos Hnos. MARTINEZ PADILLA, mas aportes extras del 20, 74% sobre el bono vacacional y bonificación de fin de año para cubrir gasto ocasionados por los beneficiarios en inicio del año escolar y fecha decembrina de cada año, sumas que serán descontadas directamente por el organismo empleador del ciudadano OSWALDO JESUS MARTINEZ, y entregados directamente a la ciudadana SILVIA CRIZAIDA PADILLA SILVA.
TERCERO: Se dec.....