Visto lo anterior, y de la exhaustiva revisión efectuada al libelo de demanda, este Tribunal observa que hay una inepta acumulación de pretensiones, visto que en el escrito libelar solicita la PARTICION HEREDITARIAdelinmueble ubicado en la Calle Ayacucho N°56, sector centro San Fernando de Apure, Estado Apure, cuyo lote de terrenos consta de veinte (20) metros de frente por treinta (30) metros de fondo, es decir 600 m2 y alinderados de la manera siguiente; NORTE: Familia Cousin, SUR: Juan Solórzano, ESTE: Calle Ayacucho, OESTE. Maria Nina Herrera, según consta en documento de propiedad registrado por ante el Registro Inmobiliario del Municipio San Fernando Estado Apure, anotado bajo el N°31 a los folios 43 al 65 del protocolo primero, cuarto trimestre del año 1940,según consta en el documento marcado con la letra "W", anexo al libelo de demanda. Por otra parte, espera de este honorable Tribunal que junto a la declarativa con lugar a lapartición del bien entre las partes, sea declarada.....