Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR, la solicitud interpuesta por la defensa DRA. GLADYS MIREYA MARTÍNEZ, referente a la fijación de plazo prudencial para que el Ministerio Público concluya la investigación en la Causa seguida contra el Ciudadano JUAREZ VIVAS JHONNY RAFAEL, por uno de los delitos previstos en la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, por estar excluida de la aplicación del artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, las causa referentes a los delitos como el que aquí se investiga. Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público. Quedan notificadas las partes. Terminó, se leyó y estando conformes firman.-
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL,
DRA. FRANCIS ACOSTA OSTO.