Revisadas todas y cada una de las cláusulas contractuales, así como también la nota de notaría, se observó que no aparece en ninguno de los folios objeto del contrato Compra- Venta ninguna nota marginal que indique que dicho contrato ha sido rescindido o dejado sin efecto, es todo. Concluida la misión del Tribunal da por terminado el acto y acuerda el Regreso a su sede natural, siendo las 11:30 a.m.-Terminó, se leyó y conformes firman. La Juez Prov, Dra. Ligia Puerta Valdez.- El Apoderado Judicial de la parte solicitante, Dr. José Alberto Morales C. la notificada, Dra. Grecia E. Olivero L. Los Fun. Policiales, S/2do. Jimmy Aguilar. C.I. 12.900.286. C/1ero Sandro Padilla. C.I. 12.901.628. El Alguacil Miguel Angel Bravo. La Secretaria Dra. María Milagro Aranguren.-
Com. N° 6-1888.-
Af.-