DISPOSITIVA:
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, LA DEMANDA DE DIVORCIO fundamentada en la causal 2 del artículo 185 del Código Civil, presentada por el ciudadano JULIO ENRIQUE TORO SEVILLA, venezolano, mayor de edad, casado y titular de la Cédula de Identidad Nº 10.268.458, domiciliado en la Urbanización Los Centauros, casa S/N, de esta ciudad de San Fernando de Apure, representado del abogado José Gregorio Torres Carrasquel, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 136.896, con domicilio procesal en el Calle Aramendi Nº.44, local 01 planta baja, de esta ciudad de San Fernando de Apure, contra la ciudadana: ONEIDA JOSEFINA RIVERO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº 13.942.217, domiciliad.....