Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, acuerda practicar nuevo computo de ejecución de la sanción, instruida contra el Sancionado Adolescente Identidad Omitida Conforme a lo Estable en el Segunda parte del Articulo 65 de L.O.P.N.A, por la comisión del delito de VIOLACION AGRAVADA, mediante la cual se le impuso la Sanción en principio de PRIVACION DE LIBERTAD, por el lapso de TRES (03) AÑOS, prevista en los artículos 628 parágrafo segundo literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y de Adolescente. Siendo sustituida por las medidas de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA, previstas en los artículos 624 y 626 de la Ley Especial, por el lapso de Diez (10) meses y Once (11) días, a ser cumplido por el tiempo faltante. Quien a partir de la presente fecha deberá presentarse ante la unidad de formación integral, a cargo del ABOG. Miguel Torrealba, quien.....