TERCERO: Es por todo lo antes analizado, que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE. EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA LA SOLICITUD de la Defensora Pública Penal Abg. Viviana Ortiz, que se le revoque la Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada en contra de la imputada NILZA DEL CARMEN BAEZ DE ZAMBRANO, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V- 2.478.301, fecha de nacimiento 13 de septiembre de 1950, de 63 años de edad, de estado civil casada, de ocupación u oficio del hogar, residenciado en el barrio Las Carpas, calle principal, casa de tres puertas Guasdualito, estado Apure; contra quien se instruye causa penal por la presunta comisión de los delitos POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previstos y sancionados en el encabezamiento del artículo 153 y el .....