D I S P O S I T I V A.
En atención a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado EISEN JOSE BRAVO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.616.329, debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 52.697, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE TOMAS CARPIO REYES, de fecha 31 de Julio de 2014.
SEGUNDO: SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la sentencia de fecha 29 de Julio de 2014, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
Publíquese, regístrese, déjese copi.....