D I S P O S I T I V A:
En atención a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la RECUSACIÓN planteada en fecha 05 de octubre del año 2017, por la ciudadana abogada LISBETH FRANCO CADENAS, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JORGE HERNANDEZ, contra la ciudadana ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR, Jueza Temporal del Tribunal Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Achaguas de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Se impone al recusante ciudadana abogada LISBETH FRANCO CADENAS una multa de Dos Mil (Bs.2.000, oo) Bolívares al Fisco Nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, e.....