Por los fundamentos antes expuestos, éste Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Apure y Amazonas; actuando en sede constitucional, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Competente para conocer de la Accion de Amparo Constitucional contra Sentencia, presentada por el abogado Pedro Miguel Guedez López, inscrito en Inpreabogado bajo el Nº 155.144, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Franklin José Bona Bravo, Delcy Sorangel Bona Bravo, José Leonel Bona Bravo y Vilma del Valle Bona Bravo, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nros. V-8.149.818, V-9.262.080, V-11.193.744, V-13.280.598, de conformidad con el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la Acción de Amparo Consitutional contra Sentencia, de conformidad con los artículos 26, 49 numeral 1.....