declara: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado, Gustavo Adolfo Heredia López, actuando en su condición de Fiscal Décimo Primero del Ministerio Público con Competencia en Materia de Defensa Integral del Ambiente, contra la decisión (Auto) dictada y publicada el 03 de noviembre de 2.004, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure; En consecuencia, queda confirmada la aludida decisión.