ACUERDA MEDIDA DE PROTECCIÓN a favor de la ciudadana María Del Rosario López De Rincón, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V.- 8.187.598, de de estado civil casada, de profesión u oficio comerciante, de 45 años de edad, natural del Cantón Estado Barinas, residenciada en la Urbanización Pan de Azúcar vía Rubio, casa sin número, Jurisdicción del Estado Táchira, víctima de amenazas de muerte. En consecuencia, se acuerda que debe dársele protección de custodia por parte de los órganos de seguridad del Estado, por lo que se acuerda oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de Guasdualito, Estado Apure, a los fines que se le de custodia temporal por un lapso de siete (07) días, y específicamente el día 07 del presente mes y año, a la ciudadana María Del Rosario López De Rincón, día éste, que es necesaria la presencia de la ciudadana antes mencionada en la población de Chorrosquero, Municipio Páez, Estado Apure, a partir.....