En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1.- Competente para conocer, en primer grado de jurisdicción, la presente causa;
2.- Admite el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad de Efectos Particulares interpuesto por el ciudadano Miguel Ángel Ruiz Betancourt, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 17.608.212, debidamente asistido por el abogado Yimis Wilfredo Rubio Álvarez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 9.590.943, Inscrito en Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el N° 145.223 contra la Providencia Administrativa emanada de la Gobernación del Estado Apure (Comandancia General de la Policía) dictada en fecha 27 de Septiembre de 2019, en el expediente Nº 1055-2018.-