Acto seguido, el Ciudadano Juez expone: “Vista la circunstancia particular del caso que nos ocupa este Tribunal acuerda decidir por auto separado, notificándose de la misma en su oportunidad. Ofíciese nuevamente a la Prefectura de Camaguán a los fines de verificar información suministrada del fallecimiento del Ciudadano: José Manuel Cordero. Quedan notificadas las partes de la presente decisión. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,
DR. DAVID BOCANEY ORIBIO