este Tribunal Unipersonal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Admite la acusación presentada por la fiscal primero del ministerio público contra los acusados VICTOR OMAR PEREZ LUNA y CARMEN JULIA BERMÚDEZ, por la comisión del delito de Robo Agravado en grado de frustración y porte ilícito de arma de fuego para el primero de los nombrados y robo agravado en grado de frustración en grado de participación para la segunda, conforme a los artículos 460 en concordancia con el 80; y 278, 460 en concordancia con el artículo 84 todos del código penal en su orden. SEGUNDO: Admite las pruebas ofrecidas por el ministerio público por considerarlas pertinentes y necesarias, y en virtud de que las mismas no fueron evacuadas por pedimento de las partes dado la admisión de los hechos de los acusados se tienen como ofrecidas por el Ministerio Público. TERCERO: CULPABLES, de la acusación formulada.....