Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano LA MADRID JIMÉNEZ JHON ERICK, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad No. V.- 19.971.508, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 12-08-1989, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero (moto taxista), hijo de los ciudadanos Cesar La Madrid y Elvira Jiménez, residenciado en el sector Manga del Río, después del puente a mano derecha, diagonal a la bodega La Estrella, casa S/N, Guasdualito, estado Apure, por la presunta comisión del delito de Violencia Física, tipificado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MARYI EL.....