PRIMERO: CULPABLE al ciudadano LUIS FELIPE EUGENIO URBINA, Titular de la Cedula de Identidad Nº: 1.862.932, venezolano, natural de San Fernando de Apure, nacido en fecha 15-01-1937, de 75 años de edad, comerciante, y residenciado en la Urbanización Rómulo Gallegos, Calle Principal N° 19, San Fernando de Apure, Estado Apure, hijo de Luis Eduardo Eugenio Fuentes (d) y María Florentina Urbina (d); de la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, en los Artículos 260 en concordancia con el 259 ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente con la agravante prevista en el artículo 217 ejusdem, como materializados en perjuicio del adolescente Justo David Guevara Landaeta. En consecuencia se le condena a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE ARRESTO, todo ello en virtud de lo establecido en el Artículo 75 del Código Penal en las condiciones que a tal efecto designe el correspondiente Juez de Ejecución, firme cono quede la presente sentencia.
SEGUND.....