En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1. PROCEDENTE el Amparo Cautelar solicitado.-
2. SE ORDENA la reincorporación del ciudadano Manuel Ramón Mota Valdez, titular de la cedula de identidad Nº V-17.201.942, al cargo que venia desempeñando, hasta tanto sea resuelto el fondo o haya cesado las causas de su inamovilidad laboral.
3. SE ORDENA el pago de los sueldos dejados de percibir desde el momento de su remoción hasta su efectiva reincorporación.
4. NOTIFÍQUESE al Procurador General de la Republica y al Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela, para lo cual se ordena librar despacho de comisión.