DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: LA NULIDAD ABSOLUTA del libelo acusatorio formulado por la Fiscal Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, mediante el cual endilgó a los ciudadanos: Alexis Omar Morillo, venezolano, titular de la cedula de identidad personal Nº 18.545.332, de 24 años de edad, nacido el día: 23-05-83, de estado civil soltero, de oficio taxista; hijo de Yhajaira Margarita Castillo, residenciado en Barrio Humbol, calle Municipal, frente al Ambulatorio de Puerto Ayacucho Estado Amazonas; y José René Royero Aragon, venezolano, titular de la cedula de identidad personal Nº 11.720.785, de 32 años de edad, nacido en fecha: 14-03-75, de estado civil soltero, de oficio comerciante, hijo de Jose Royero y Aida Aragon Jiménez, y res.....