DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Se Decreta la NULIDAD DE LA APREHENSIÓN, de los ciudadanos ELIEZER YOEL SILVA GODOY, Titular de la cedula de identidad N° V-17.849.764, y GUTIERREZ WINDER DE JESUS, Titular de la cedula de identidad N° V-15.683.206, conforme a lo establecido en los artículos 190, 191, y 195 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se decreta su Libertad Plena.
SEGUNDO: Se acuerda la remisión de copias certificadas de las presentes actuaciones a la Fiscalia Séptima del Ministerio Público a fin de aperturar una investigación a los funcionarios actuantes en el presente procedimiento.
TERCERO: Quedan notificadas las partes conforme a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese la correspo.....