este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Divorcio, en consecuencia, disuelto por DIVORCIO el vinculo matrimonial que unía a los cónyuges: RAFAEL ARMANDO CASTILLO RODRIGUEZ y MARIA YSABEL TAPIA, el cual contrajeron por ante la Prefectura de la Parroquia El Yagual, Municipio Achaguas del Estado Apure, en fecha 31 de Diciembre de 1.976.- Según consta del Acta de Matrimonio N° 07 acompañada. Y así se decide.-
Liquídese la comunidad conyugal.-
Publíquese, regístrese y cópiese.-
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los cuatro (04) días del mes de Mayo del año Dos Mil Cuatro (2.004). Año 194° de la Independencia y 145° de la Federación.-
La Juez.
Abg. Anaid Carolina Hernández.-
La Secretaria,
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