Administrado Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Formalmente Embargada Preventivamente la cantidad de VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTE BOLÍVARES CON VEINTISIETE CENTIMOS ( Bs.24.220,27), que corresponde al 50% de la suma de dinero existente en la mencionada cuenta, la misma será deducida de la Cuenta Corriente N° 01020157870000002668, perteneciente al ciudadano RAFAEL ELÍAS ROJAS, y declara la desposesión Jurídica de la misma. Seguidamente ordena a la notificada emitir un Cheque de Gerencia por la cantidad antes mencionada a nombre del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. Seguidamente la notificada, ya identificada, hace entrega de un Cheque de Gerencia N° 00200442, a nombre del mencionado Tribunal. Seguidamente este Tribunal Ejecutor, recibe el Cheque de Gerencia y ordena que sea remitido al Tribunal de la Causa, con sus respectivas actas. No habiendo ninguna otr.....