Finalmente esta Juzgadora considera que de acuerdo a las actuaciones realizadas y de las actas de nacimiento acompañadas a la Solicitud, sólo aparecen como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, los ciudadanos José Miguel Castillo Colmenares, titular de la Cedula de Identidad N° 3.842.778 quien eras su esposo y sus hijos, Yohana Coromoto Castillo Fajardo, Jesús Miguel Castillo Fajardo, Carolina del Carmen Castillo Fajardo y Jonathan de Jesús Castillo Fajardo, venezolanas, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. 16.511.685, 14.521.320, 16.977.082, 20.003.547, todos de este domicilio, cuya filiación esta legalmente comprobada. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de las los ciudadanos José Miguel Castillo .....