Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Parcialmente Con Lugar la Querella Funcionarial (Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y demás beneficios laborales), interpuesto por la ciudadana Ninozca Yajaira Díaz, venezolana, mayor de edad de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 4.141.264, asistida judicialmente por el abogado en ejercicio y de este domicilio Robert Alberto Moreno Juárez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 79.642 contra la Alcaldía del Municipio San Fernando del Estado Apure; ello con fundamento a lo establecido en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En consecuencia, se ordena la cancelac.....