PRIMERO: Sin Lugar la apelación de fecha 06 de noviembre del 2003, interpuesta por la abogada PETRA CEDEÑO, con el carácter acreditado en los autos, contra la sentencia definitiva dictada por el Tribunal de la causa.
SEGUNDO: Con Lugar la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales intentó la ciudadana GREGORIA JOSEFINA MONSERRATE DE FLORES, identificada en los autos, en contra de la GOBERNACION DEL ESTADO APURE, representada por el Gobernador GIAN LUIS LIPPA. En consecuencia, se condena a dicha Gobernación a cancelar a la demandante la cantidad de SIETE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTIUN BOLIVARES CON DIECISIETE CENTIMOS (BS. 7.155.421,17), por concepto de Prestaciones Sociales, discriminados de la manera siguiente:
-Prestación de Antigüedad más intereses
Bs. 1.582.116,76
Prestación por Antigüedad por término de la relación laboral
Bs. 85.360,oo
- Cesta Tickets.
Bs. 1.058.400,oo
- Diferencia de sueldo
Bs. 693.200, oo
- Indemnización por despi.....