Por los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de DIVORCIO 185-A instaurada por los ciudadanos FAMNY ELIZABETH RUIZ HERNANDEZ y RAFAEL ANGEL DORANTE ALVARADO, titulares de las cedulas de identidad Nros. 9.873.596 y 11.236.943, en su orden, según el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, se declara disuelto el vinculo matrimonial que los unía, contraído el día 18 de Diciembre del año 1997, por ante la Prefectura del Municipio San Jerónimo de Guayabal del Estado Guárico, según Acta Numero Veinte (20).