DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: SIN LUGAR la excepción opuesta por el ABG. JULIO CESAR NIEVES AGUILERA, contenida en el artículo 28 numeral 4 literales "c" y "e" del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SIN LUGAR, la solicitud de El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-20170-15, seguida en contra de HENRY FABIAN MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº 14.811.382, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de PEREZ LAYA YENNIS DELOIDE, y como consecuencia de ello se mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad que le fuere impuesta al ciudadano HENRY FABIAN MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº 14.811.382, en fecha 21-4-.....