Se declara concluido el presente juicio. Se ordena el archivo del presente expediente una vez se constate el cumplimiento de la transacción realizada por las partes que conforman el presente proceso en la audiencia oral de mediación efectuada por este Tribunal en esta misma fecha.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en San Fernando de Apure, a los cuatro (04) días del mes de junio el año dos mil diecinueve (2019), siendo las 10:15 a.m. Años 209° de la Independencia y 160° de la Federación.-
La Jueza Temporal,
Abg. AURI TORRES LÁREZ.
El secretario Titular.
Abg. FRANCISCO RAMÓN REYES PIÑATE.
En esta misma fecha siendo las 10:15 a.m., previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, inclusive en la página Web, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual h.....