Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SIN LUGAR la recusación presentada por el abogado Víctor Arminio Altuna García, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.118 contra el ciudadano Alcides R. Urbina García, Juez Accidental del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil del Transito, Bancario, Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas.
2.- Se impone a la parte recusante una multa de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000, oo), hoy día equivalente de DOS BOLÍVARES (Bs.2, oo) que pagará en el término de tres (3) días al Tribunal por ante el cual se intentó la RECUSACIÓN, quien actuará de Agente del Fisco Nacional para su ingre.....