Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la Falta de Cualidad Activa y Pasiva, opuesta por el Apoderado Judicial de la parte Demandante, abogado HUGO MANUEL PINO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 20.678. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de ACCION REIVINDICATORIA instaurada la ciudadana DASNER SUMARAY CASTILLO GALLARDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 19.688.528, domiciliada en la Avenida Fuerzas Armadas cruce con Calle Plaza, diagonal a la Licorería "Angostura", de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure, representada por los Abogados WILFREDO CHOMPRÉ LAMUÑO, JHONNY JAVIER INFANTE CARRASQUEL y EIDER ELIAZAR MONTERREY MARTÍNEZ, inscritos en el Inpreabogado baj.....